martes, 19 de septiembre de 2017

Pensamiento Administrativo de segunda generación (7): La vuelta a Colmeiro

La pretensión  unitaria de Ciencia Administrativa y Derecho Administrativo bajo una teoría universal/general  de la Administración Pública por parte de Colmeiro desaparecería pronto pues a siete años de la publicación de  Elementos del Derecho Político y Administrativo de España (sexta edición, Librería de los sucesores de escribano,Madrid, de 1881  SANTAMARÍA DE PAREDES, publicaría su Curso de Derecho Administrativo, según sus principios generales y la legislación actual de España en 1988 . En 1923  GASCÓN Y MARÍN haría lo propio en sus obras contribuyendo a llenar el panorama de los estudios sobre la Administración, desde el Derecho Administrativo, dotándolo  de una teoría general y de un sistema de conceptos, esbozados por los autores precedentes (Vid. Nociones de Derecho Político,1909; Tratado de Derecho Administrativo, 2 vols., 1917-1922; o  Administración Provincial: sus problemas, 1942).  En el Volumen  I de su  Tratado afirmaría Gascón que  el propósito de crear un Ciencia de la Administración  pasaría por formar un conglomerado de lo que hoy es objeto de otras ciencias (derecho, economía, política hacienda y aun de otras que suministraran recursos técnicos).
La ‘vuelta a Colmeiro’ se explica  no en una praxis  sino  únicamente en un  propósito teorético de este autor, en el  que Ciencia Administrativa y Derecho Administrativo son partes de una teoría de Administración Pública   en las que gozaban de un mismo trato con una igualdad, unidad, complementariedad y paridad. Incluso diríase, que en expresiones como “La ciencia es absoluta: el derecho es relativo” puede leerse en Colmeiro  una prevalencia de la ciencia administrativa pura como una suerte de previa filosofía inspiradora, y a la par, una guía de racionalidad instrumental de medios a fines propia de la teoría de la organización.
No puede obviarse la historia y Colmeiro se pronuncia en una época en la que el Derecho Administrativo ya es un claro ganador en Europa y en especial en España. Recuérdese  que en la Europa  continental el Derecho Público  ganó la batalla a la Ciencia de la Administración, pues no sólo el pensamiento administrativo jurídico se ocupaba también de aspectos de la Ciencia de la Administración – como se ve claramente en la década ilustrada española -  sino también debido al monopolio ejercido por los juristas sobre el examen de las cuestiones relativas al Estado y a su estructura administrativa, propia de  los países europeos de cultura jurídica y tradición administrativa napoleónicas. Así en la mayor parte de los países europeos, la Administración Pública fue concebida como un instrumento en manos del poder público,frente al que los ciudadanos, debían poder protegerse dotándoles de medios de reacción contra el Estado, por lo que, el Derecho Administrativo monopolizó los estudios sobre Administración. Con ello el problema esencial era entonces proteger los derechos de las la luchas académicas por el predominio de la nueva área de conocimiento. Se ha señalado un origen  remoto de la malquerencia de los juristas y que  se remontaría   a 1843, cuando un proyecto de ley de alonso martinez para crear una Facultad de Ciencias Políticas y Administrativas no llegó a cristalizar por las presiones de las Facultades de Derecho.
Piénsese en todo caso la paradoja de que la primera escuela de Administración Pública publica del mundo fue española abierta en 1843 – en  Francia en   1848 – en la que se desarrolló una Ciencia de la Administración autónoma, pero sin disociación  de lo político.  Fue Gómez de la Serna, siendo Subsecretario de Gobernación, quien  promovió  la creación de una Escuela  especial para los estudios de Administración. En 1841 propuso  la creación de una  Facultad nueva, con la denominación de administrativa, en la cual se comprenderán los estudios necesarios para  los que hayan de servir al Estado en todos los destinos públicos, civiles y administrativos. El proyecto fracasó como consecuencia de la caída del Gobierno si bien la regencia de Espartero retomó la idea, canalizándola a través de una escuela especial, que se crea por Decreto de 29 de diciembre de 1842. Esta escuela con sede en Madrid estaba destinada a los funcionarios públicos, necesitados de estudios previos para el desempeño de cargos importantes de la Administración pública. En ella se enseñaría el derecho político, el internacional, la economía política, la Administración y el Derecho Administrativo. A los funcionarios que ingresaran en la Administración a partir de 1 de enero de 1845 deberían acreditar su suficiencia en los estudios de de esta nueva escuela, centro donde impartiría Posada Herrera sus famosas Lecciones de Administración como catedrático en la institución y que serían publicadas en 1843 gracias a la labor de tres alumnos de la primera promoción, a la sazón taquígrafos del diario de sesiones del Senado. 

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