domingo, 18 de mayo de 2014

Un poco de oxígeno para la Ciencia Administrativa

Para no verlo todo como botella medio vacía, alegrémonos de que en la orden  TAP/1719/2011, de 14 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, encontramos en el temario  de la oposición materias propias de la Ciencia Administrativa. Así puede verse una referencia a la teoría de sistemas o los procesos estocásticos, o la toma de decisiones aplicada a la  Administración Pública - Grupo de materias técnicas- . Temas relacionados con la  Ciencia de la Administración  (burocracia, sistemas comparados, estructuras administrativas, paradigmas de gestión pública,) - Grupo de materias sociales-  incluso de Gestión Pública, (modernización de las administraciones públicas,  Administración al servicio del ciudadano,gestión de calidad, nuevas tecnologías, Administración electrónica,función directiva, políticas públicas, empleo público, planificación,…) - Grupo de materias comunes -
 
No obstante  hay que señalar que no entiendo muy bien  porque queda la Gestión Pública como un aparte  fuera de la Ciencia de la Administración y por qué ésta no aparece  junto a la Ciencia Política materia común.
 
Hay que hacer un esfuerzo  en la academia por enseñar bien qué es la Ciencia de la Administración. En 1937 M. Dimock,  en The Study of Administration afirmaría (...)La Administración se refiere al “qué” y al “cómo” del gobierno. El “qué” es la sustancia, el conocimiento técnico de un campo, que capacita al administrador para llevar a cabo su tarea. El “cómo” son las técnicas de gerencia, los principios que llevan al éxito los programas cooperativos, Cada uno de estos dos elementos es indispensable; juntos forman la síntesis que se llama administración (...)
 
Diría  Dahl  en  1947 (…)Si el padrinazgo desapareció en Gran Bretaña, fue en parte debido a que dejó de tener una función real, mientras que la eficiencia había adquirido una nueva utilidad social y política. Antes del Siglo XIX el padrinazgo tenía dos funciones vitales; proporcionaba un lugar para los hijos no primogénitos y ponía, en manos del Rey y de sus Ministros un sistema para garantizar, bajo las limitadas franquicias del S XVIII, una cámara de los comunes favorable (…)
La  Administración Pública moderna nació  de la concepción napoleónica de la separación de política-administración, fue el inicio de una dinámica que iría terminando con el padrinazgo, prebendismo, las regalías, el spoil system, las cesantías, …
 
Formalmente el padrinazgo y demás figuras no existen ya en el sistema político-administrativo por mor del argumento separación política-administración de la teoría sobre la  Administración Pública (clásica o tradicional). ¿Existe como tal esa Teoría, o es una cuasiteoría u otro concepto científico o cuasi/pseudocientífico?
El que el padrinazgo exista en la actualidad – y no una mera  anécdota de la heteropraxis - como causa  de la patrimonialización del poder público, merece preguntarse si  tiene la misma consideración o lectura  de que aún exista el tifus  en una sociedad ya tan avanzada en la medicina, cuando hay a quien no le viene mal que sigan existiendo patologías médicas y sociales.

No hay comentarios:

Publicar un comentario