miércoles, 28 de mayo de 2014

La Administración Pública (10): ¿Fenómeno?

Fenómenos organizativo y por lo tanto sociológico. Por lo tanto lo primero que es de esperar que sucedan hechos con consecuencia, buenas o indeseables, y para controlarlas se precisa una perspectiva funcional. Quiere decirse que algún órgano tiene que tener por objetivo los fines de conseguir una función para el sistema social.
La sociología ha facilitado un marco conceptual y un instrumental metodológico que ha permitido a la ciencia de la administración clásica europea, afianzar su desarrollo científico. Autores  como Crozier y Mayntz adoptan explícitamente  el enfoque sociológico. La sociología de la organización quizá sea la línea de desarrollo en teoría de la organización que presenta una evolución más pausada y sin grandes sobresaltos, sobre la base de las teorías burocráticas weberianas y postweberianas.
La sociología de la organización europea ha tenido la habilidad de apreciar la Administración pública en toda su complejidad (a diferencia de la norteamericana) ya que tiene una  percepción clara de las especificidades de lo «público» e incorpora en sus modelos la variable política.
La sociología es la disciplina más cercana a la ciencia política cuando ambas convergen en su análisis de los fenómenos administrativos. La fluidez entre estas dos disciplinas es tal que R. MAYNTZ en su obra Sociología de la Administración   llega a reconocer que, desde el aspecto sistémico, no existen fundadas diferencias entre sociología, ciencia política y Ciencia de la Administración al momento de tratar la Administración  Pública , entendiendo las dos últimas disciplinas como ciencias sociales de base empírica.
La citada autora  en  Sociología de la Organizaciónafirma que el objetivo de la  organización constituye el  punto de arranque para el  análisis de la misma. El objetivo  es lo que guía las decisiones,  las actividades               y  los procesos hacia un fin específico. Mayntz presenta las limitaciones que impone la capacidad de gestionar las administraciones públicas, su dependencia de la política y, su carácter público y la  relación que se establece entre las organizaciones públicas y el entorno.
   Además de la dirección hacia un objetivo y la  orientación a un fin, debe distinguirse entre estos y función de una organización dentro del sistema social. La función refleja la contribución  que presta la organización en  una situación determinada, considerada    como deseable y fijada como norma o pauta.Un          objetivo              de          la organización   constituye         una función  cuando la acción propuesta         y la  acción efectiva son iguales.  Con distintos objetivos y fines se puede contribuir y coincidir funcionalmente en pro de algo superior. Ese algo superior en materia de  Administración Pública es la gobernabilidad de la sociedad. Hay objetivos que pretenden patrimonializar la  Administración, o debilitarla. Otros utilizarla como instrumento de poder…, Aquí no habría  una coincidencia entre objetivos buscados/logrados y las  funciones institucionales predeterminadas  en nuestra política constitutiva sobre la misma ex 103 CE.

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